Normativa food truck en Mendoza: requisitos, permisos y legislación vigente
La Ciudad de Mendoza cuenta con una ordenanza específica para regular la actividad de los food trucks o vehículos gastronómicos, uno de los formatos más utilizados en ferias, festivales y eventos de gastronomía de la región. La Ordenanza 3950/18 establece el marco legal para la habilitación, el permiso de funcionamiento temporario y los requisitos técnicos que debe cumplir cada vehículo. Conocer estos puntos es fundamental para cualquier emprendedor que esté buscando cómo montar un food truck en Mendoza o quiera iniciar un food truck en Mendoza y participar en eventos sobre espacio público municipal.
Qué considera Mendoza como “food truck” o vehículo gastronómico
La ordenanza define al vehículo gastronómico como cualquier módulo o vehículo acondicionado para:
- Cocción
- Elaboración
- Preparación
- Expendio de alimentos y bebidas en el acto
Pueden ser productos de elaboración propia o no, pero siempre deben ser aptos para consumo inmediato y cumplir con las normas sanitarias vigentes.
Esto incluye: trailers gastronómicos, camiones convertidos, camionetas adaptadas, carros de comida de gran tamaño y módulos móviles con cocina interna.
Habilitación municipal del food truck en Mendoza
Para operar un food truck en Mendoza, el primer paso es obtener la habilitación ante la Dirección de Comercio, Inspección y Protección del Espacio Público. Este trámite incorpora al vehículo en el Registro de Vehículos Gastronómicos, condición obligatoria para acceder a permisos de funcionamiento.
Sin esta habilitación inicial, el food truck no puede participar en ferias, eventos ni ocupar espacio público municipal.
Documentación para personas
- Fotocopia de DNI
- Constancia de inscripción en AFIP
- Pago de los derechos de habilitación
- Ausencia de deudas o sanciones municipales
Documentación para personas jurídicas
- Contrato social o estatuto
- Resolución de Personería Jurídica
- Última acta de designación de autoridades o poder vigente
- Inscripción en AFIP
- Pago de derechos de habilitación y libre deuda municipal
La habilitación es personal e intransferible, lo que significa que no puede ser cedida o alquilada a terceros.
Permiso para operar el food truck en eventos y espacios públicos
Una vez habilitado el food truck, cada instalación en espacio público requiere un permiso temporario emitido por la Secretaría de Cultura, Turismo y Desarrollo Económico.
Este permiso se otorga únicamente para:
- Ferias
- Exposiciones
- Festivales
- Eventos públicos o privados desarrollados dentro de la Ciudad de Mendoza
El permiso es válido solo para la fecha, lugar y horario asignados. Fuera de esos parámetros, el food truck no puede trabajar ni permanecer estacionado en la vía pública.
Cómo solicitar el permiso
Los interesados deben presentar una solicitud formal en sede municipal que incluya:
- Espacios solicitados en el evento
- Fechas y horarios de inicio y fin
- Rubro gastronómico (pizzas, hamburguesas, helados, café, etc.)
- Material gráfico del vehículo (fotos o renders)
- Descripción técnica del módulo
- Datos de contacto del solicitante
La Municipalidad responde en un plazo máximo de 10 días hábiles.
Obligaciones del titular del food truck
Para obtener y mantener los permisos, el responsable del vehículo debe cumplir una serie de requisitos operativos:
- Contar con seguro de responsabilidad civil válido por toda la duración del evento
- Operar únicamente dentro del espacio asignado
- Cumplir horarios oficiales
- Mantener limpieza del vehículo y del sector de trabajo
- Cumplir el Código Alimentario Argentino
- Exhibir en forma visible la habilitación y el permiso
- Respetar normativa de expendio de bebidas alcohólicas
- Poseer libreta sanitaria y curso de manipulación de alimentos para todo el personal
- Cumplir legislación laboral
- Emitir facturación y estar correctamente inscripto a nivel impositivo
Estos puntos son evaluados durante controles municipales y su incumplimiento puede generar sanciones.
Requisitos técnicos del food truck: estructura y materiales
La ordenanza establece especificaciones para garantizar higiene, seguridad alimentaria y prevención de riesgos.
Materiales y estructura
- Mobiliario y superficies internas en acero inoxidable o materiales higienizables
- Pisos impermeables, antideslizantes y no inflamables
- Paredes lisas e impermeables
- Techo no inflamable y lavable
- Iluminación con protección anti estallido
- Burletes en aberturas para evitar ingreso de plagas
- Mallas metálicas en ventilaciones
- Trampa de grasa en sector de lavado
- Sistema de extracción con filtros para vapores grasos
- Circuito eléctrico aislado y con disyuntor
- Sistema de ventilación adecuado
- Espacio para acopio de aceite vegetal usado
Se prohíbe el uso de superficies porosas.
Equipamiento obligatorio en los food trucks de Mendoza
Todo vehículo debe contar con:
- Tanque de agua potable de al menos 50 litros
- Sistema de agua caliente
- Tanque de aguas grises de mínimo 50 litros
- Refrigeración para alimentos y bebidas
- Equipos de cocción eléctricos o a gas con normas de seguridad
- Pileta para lavado y otra para higiene personal
- Vidrio o acrílico protector en exhibición de alimentos
- Extintores según categoría (A, ABC o K)
- Receptáculos de residuos internos y externos
- Generador eléctrico si no existe conexión disponible
Además, los lugares donde se instalen los food trucks deben disponer de baños.
Requisitos del vehículo y normativa vial
El vehículo debe cumplir la normativa vial vigente tanto en documentación como en condiciones de circulación. El titular debe acreditar propiedad o contrato de alquiler y no tener deudas municipales relacionadas.
Gestión de residuos y prohibiciones
La ordenanza prohíbe:
- Arrojar residuos en veredas, calzadas o acequias
- Quemar residuos o realizar procesos no autorizados
- Cualquier práctica que implique contaminación ambiental
El responsable del food truck debe almacenar los residuos hasta que el municipio realice la recolección correspondiente.
Sanciones por incumplimientos
Las sanciones pueden ir desde apercibimientos hasta la clausura del food truck, incluyendo:
- Multas de hasta 10.000 UTM
- Cese de la actividad
- Revocación de habilitación
- Secuestro del vehículo si opera sin permiso
- Decomiso de mercadería
Los controles pueden realizarse en cualquier momento durante el evento.
Canon por uso del espacio público
La ordenanza determina una tarifa por día según el tipo de vehículo:
- Utilitarios o camionetas
- Camiones de uno o más ejes
También se cobra un adicional por metro cuadrado para mesas, sillas y sombrillas.
La Ordenanza 3950/18 es la que establece un marco para operar food trucks en la Ciudad de Mendoza. Para funcionar legalmente es indispensable contar con la habilitación municipal, cumplir los requisitos técnicos del vehículo, y solicitar permisos específicos para cada evento o espacio de uso público.
Más info en el canal oficial de la Ciudad de Mendoza aquí

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