Cómo montar un food truck en Buenos Aires: requisitos, habilitación y permisos paso a paso
Montar un food truck en Buenos Aires implica cumplir una serie de requisitos legales, técnicos y administrativos establecidos por el Gobierno de la Ciudad. Para quienes buscan entrar al sector gastronómico móvil, es fundamental conocer cómo funciona la habilitación de food trucks, el permiso para operar en el espacio público y los pasos oficiales para registrar un vehículo gastronómico.
Esta guía reúne toda la información actualizada sobre los trámites, documentos y normativas que aplican en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), incluyendo la Ley 5707, el Código Alimentario Nacional y las resoluciones vigentes.

1. ¿Qué se necesita para montar un food truck en Buenos Aires?
Antes de comenzar la actividad es obligatorio tramitar:
- La habilitación general del vehículo gastronómico (requisito para todos los food trucks).
- El Permiso Particular de Uso Precario cuando se quiera operar en el espacio público.
- Los requisitos de seguridad alimentaria, seguros y documentación fiscal.
Estos trámites aplican tanto a vehículos con motor incorporado como a vehículos acarreables.
2. Habilitación General del Vehículo Gastronómico (Ley 5707)
La habilitación de food trucks en CABA se gestiona ante la Agencia Gubernamental de Control (AGC). Es obligatoria para poder elaborar y comercializar alimentos en eventos privados y públicos.
Requisitos principales
- Título o cédula verde del vehículo.
- Verificación Técnica Vehicular vigente.
- DNI del titular.
- CUIT/CUIL.
- Cobertura de responsabilidad civil.
- Domicilio en CABA.
- Constancia de Ingresos Brutos.
- Certificado de Antecedentes Penales (para personas físicas).
- Estatuto y tipo de sociedad (personas jurídicas).
- Poder certificado por escribano, si corresponde.
- Certificado de Generador de Aceites Vegetales Usados (AVUs) cuando aplique.
El personal que trabaja dentro del food truck debe contar con:
- Curso de Manipulación de Alimentos aprobado (AGC).
- Indumentaria reglamentaria y medidas de higiene.
- Uso de guantes descartables durante el servicio.
Cómo se realiza el trámite
- Registro en la plataforma UTAS/Foodtrucks del GCBA.
- Carga de documentación y datos del vehículo.
- Validación por parte de la AGC.
- Turno de inspección presencial (sin carga y con el vehículo limpio).
- Aprobación y emisión de una oblea habilitante con código QR, válida por 3 años.
Costo: gratuito según la Ley Tarifaria vigente.
3. Permiso Particular de Uso Precario para operar en el espacio público
Si el food truck funcionará en calles, parques o ferias de CABA, se debe solicitar el Permiso Particular de Uso Precario ante el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.
Este permiso autoriza la elaboración y venta de alimentos en vehículos gastronómicos en espacio público, conforme a la Ley 5707.
Requisitos del permiso
- Nota de solicitud con los datos del titular (persona humana o jurídica).
- Documentación personal (DNI, poder ante escribano, estatuto, designación de autoridades).
- Constancia de AFIP – Responsable Inscripto.
- Constancia de Ingresos Brutos.
- Constancia de CUIT/CUIL con domicilio legal en CABA.
- Constancia de Habilitación General del Vehículo Gastronómico emitida por la AGC.
- Seguro de responsabilidad civil, incluyendo:
- Monto mínimo: AR$ 1.000.000.
- Cobertura de alimentos, incendio, explosión, vandalismo, impacto de vehículos y aeronaves.
- Beneficiario: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
- Cláusula de no repetición.
- Informe técnico del grupo electrógeno, firmado por profesional competente.
- Constancia de pago por uso de superficie de dominio público.
- Declaración Jurada de Solicitud del Permiso Particular de Uso Precario.
Procedimiento
- Iniciar trámite online mediante la plataforma TAD (Tramitación a Distancia).
- Cargar la documentación en PDF.
- La Dirección General de Permisos y Ferias evalúa el expediente.
- El solicitante recibe una cédula de notificación con la resolución.
Este permiso se otorga normalmente mediante mecanismos de sorteo en los espacios públicos habilitados.
4. Normativas que regulan los food trucks en Buenos Aires
Para montar un food truck es imprescindible cumplir con toda la normativa vigente:
- Ley 5707 – Marco regulatorio de los vehículos gastronómicos.
- Código Alimentario Nacional.
- Resolución Conjunta 1/2017/MAYEPGC y sus anexos.
- Resolución 2018-68-SSAGUEP.
- Resolución Nº 161/AGC/2017 – Sistema Online de Habilitaciones.
- Ley Tarifaria 2025.
Estas normas establecen requisitos técnicos, materiales, instalaciones, equipamiento, higiene y condiciones de operación.
5. Costos, inspecciones y renovaciones
- Habilitación general: gratuita.
- Permiso de uso precario: sujeto al pago por ocupación de espacio público.
- Renovación de oblea habilitante: cada 3 años.
- Seguro obligatorio: actualizado y con el GCBA como coasegurado.
6. Consejos prácticos al iniciar un food truck en Buenos Aires
- Consultar previamente si el vehículo cumple con los estándares de la Ley 5707 antes de adquirirlo.
- Revisar la normativa sobre generadores eléctricos y requisitos técnicos.
- Mantener actualizada toda la documentación fiscal (AFIP, Ingresos Brutos).
- Asegurarse de que el personal cuente con el Curso de Manipulación de Alimentos al día.
- Tener presente que solo se permiten dos permisos de uso precario por persona.
7. Resumen: pasos para montar un food truck en Buenos Aires
- Registrar al titular (CUIT, AFIP, Ingresos Brutos).
- Registrar el vehículo en UTAS/Foodtrucks.
- Cargar documentación y obtener turno para inspección.
- Aprobar la habilitación general (oblea con QR).
- Si operás en espacio público:
- Solicitar Permiso Particular de Uso Precario por TAD.
- Presentar seguros, informe técnico del generador, pagos y declaraciones juradas.
- Cumplir las normas de higiene y manipulación de alimentos.
Puedes ampliar y revisar más información sobre trámites y permisos para food trucks en el canal oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aquí y aquí
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